"Conreant Terrassa" es un programa nacido en 2013 para impulsar y facilitar la creación de una red ciudadana de espacios verdes, que son sostenibles desde un punto de vista social y agronómico, y que han servido para crear huertos urbanos de autoconsumo. El Ayuntamiento facilita la cesión de los terrenos a las entidades y / o colectivos que desarrollen su proyecto durante un tiempo determinado.

Esta red, que actualmente está integrada por 15 proyectos, contribuye a crear biodiversidad en la ciudad, se puede ampliar en nuevos espacios privados (solares, espacios libres urbanos ...) y públicos (solares de titularidad municipal, escuelas ...).

 

¿Dónde están?
Las entidades que gestionan los proyectos actuales son:

  • Ciutat Sembrada : carrer de Vinaròs, 5
  • Plantem-nos : carrer de Montserrat, 151
  • AV Segle XX : carrer de Valls, 38
  • AV La Cogullada : carrer de Valls, 38
  • Xarxa Solidaritat Popular : carrer de Joaquim Vayreda / passeig del Vint-i-dos de Juliol
  • AV Can Tusell : carrer de Gregal, 1
  • Creu Roja :carrer de Font de la Noguera, 5 i 7
  • L'Eina Cooperativa: carrer Zamora, 2
  • Associació d'Amics dels Horts Urbans de Terrassa: carrer Zamora, 2
  • Amb Arrels: Can Casanoves
  • Av La Cogullada-2: Can Casanoves
  • L'Hortet de Can Palet:  Can Casanoves
  • Associació Amics de l'Aixada: Can Casanoves
  • Atau: Can Casanoves
  • Associació El Boixac: Can Casanoves

Plano de los huertos del programa "Conreant Terrassa"

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¿Cuáles son los beneficios de los huertos urbanos?
Por un lado, ayudan a mejorar la calidad ambiental para que absorben el ruido de la ciudad; disminuyen el efecto isla de calor y fomentan la biodiversidad.
Desde un punto de vista social, ayudan a crear redes y mejorar sensiblemente las relaciones personales, ya que son espacios donde la convivencia y la ayuda mutua prevalecen sobre la rentabilidad y la competitividad, favoreciendo así la salud y el bienestar, tanto físico como mental. Además, fomentan la cohesión social y comunitaria, ya que pueden dar solución a situaciones sociales críticas porque proporcionan producto fresco a familias sin recursos.
Además, también ayudan a tomar conciencia sobre lo que ponemos en la mesa. Cultivar nosotros mismos los alimentos nos permite apreciar el valor nutritivo de los productos hortícolas frescos, cultivados de manera ecológica, y en perfecto estado de maduración.

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¿Cómo puedo ser un usuario?
La gestión corresponde a entidades sin ánimo de lucro, que tienen un carácter social y / o de preservación del medio ambiente. Para participar, las entidades deben estar inscritas en el Registro Municipal de Entidades y Asociaciones Ciudadanas (RMEAC), para que así se acredita su carácter pedagógico, terapéutico o social. Deben presentar un proyecto que deberá cumplir con los objetivos del programa "Conreant Terrassa" y solicitar la cesión de un espacio público para desarrollarlo, a través de la Sede Electrónica.

En caso de ser un particular, que no formas parte de ninguna entidad, puedes ponerte en contacto con alguna asociación vecinal o social que ya gestione un huerto.

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¿Son espacios públicos y privados?
Sí, hay huertos urbanos instalados en terrenos municipales y también en otros que son de propiedad privada. El Ayuntamiento, como facilitador, cede a las entidades los terrenos para que desarrollen su proyecto (social, ambiental, educativo ...) por un período de tiempo determinado.

Hay que tener en cuenta que:

  • En caso de que la entidad tenga previamente un contrato o acuerdo de cesión gratuita de un solar con un propietario privado, podrá solicitar la formalización de un convenio de colaboración entre el Ayuntamiento, el propietario privado y el entidad.
  • En el caso de una persona propietaria que ya haya cedido su solar a una entidad para crear un huerto urbano, o que esté interesado en hacerlo, debe solicitar la formalización de un convenio de colaboración con el Ayuntamiento.

Puede cursar su solicitud para participar en este programa de huertos urbanos a través de aquí

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¿Qué documentación hay que presentar?
Entidades

  • Para gestionar un huerto urbano a presentar un proyecto de implantación y desarrollo del huerto urbano, que cumpla con los criterios y condicionantes del programa "Conreant Terrassa".(original)
  • Parasolicitar la cesión de un espacio, hay que establecer un convenio de colaboración con el Ayuntamiento
  • SI ya se tiene un contrato o acuerdo privado de cesión gratuita en custodia de un terreno privado para realizar una actividad hortícola, hay que presentar el documento firmado por el propietario del solar y la entidad sin ánimo de lucro (original)

Personas particulares propietarias de un espacio

  • Para hacer una cesión: Pueden contactar con el Ayuntamiento para que haga de facilitador para que pondrá en contacto a entidades y personas propietarias
  • SI ya se tiene un acuerdo con una entidad sin ánimo de lucro: deben aportar el contrato o acuerdo privado de cesión gratuita en custodia de un terreno privado para realizar una actividad hortícola, firmado por ambas partes. (Original).
  • Las personas propietarias que opten por esta fórmula de gestión podrán solicitar al Ayuntamiento, previa convocatoria pública, una ayuda económica, en función del porcentaje (%) de superficie cedida, del valor del impuesto de bienes inmuebles (IBI)
  • En el caso de actuar en representación legal de la persona solicitante, se debe presentar la documentación acreditativa.

Para realizar cualquier gestión en la atención presencial es necesario presentar el Documento Nacional de Identidad (DNI).

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¿Cuál es el precio?
La gestión es gratuita.

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¿Cuál es el plazo de resolución previsto?
2 meses. Es el periodo de tiempo previsto tanto en cuanto a la aprobación del proyecto presentado por la entidad, de acuerdo con las bases para la cesión de uso de espacios públicos para huertos urbanos a entidades sin ánimo de lucro y cesión del solar público con licencia de ocupación temporal, como para la formalización del convenio de colaboración entre el Ayuntamiento, la persona propietaria del solar y la entidad sin ánimo de lucro.
El plazo de resolución comienza a contar a partir de la fecha de presentación de la instancia y siempre que se haya presentado toda la documentación requerida.

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¿Cuál es el plazo legal de resolución y silencio administrativo?
3 meses.
Finalizado el plazo de resolución, el efecto del silencio administrativo es el siguiente: Negativo

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Impresos

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Más información

Documentación del proyecto

Enlaces de interés 

  • Programa Canal Terrassa "Contrast: Els horts urbans." Durada 20:28 minuts

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